¿Tengo que pagar impuestos por la indemnización por un accidente de tráfico?

Las indemnizaciones por un accidente de circulación están exentas de tributación… pero no en todos los casos; descubre aquí en cuáles sí y en qué supuestos no lo están

¿Cómo tributan las indemnizaciones por accidente de tráfico? Hacienda no suele perdonar ni una y vive, entre otras cosas, de gravar todo tipo de operaciones. Sin embargo, los ingresos que puede recibir un ciudadano, más allá de los rendimientos del trabajo, son de muy diversa naturaleza.

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En algunos casos se trata de compensaciones por un perjuicio que le han causado. Si ese escenario se traslada al campo de la circulación vial, a muchos conductores no les resultará ajeno hablar de accidentes de tráfico, puesto que más de uno los habrá sufrido. Sea un pequeño golpe, una colisión grave o hasta un siniestro total, ¿hay que pagar impuestos por la indemnización de un accidente de tráfico?

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Hacienda y las indemnizaciones por accidente de tráfico

Pues, en general, no te tocará pagar impuestos por la indemnización de accidente  tráfico recibida. Así figura en el artículo 7d de la Ley del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF). Este artículo cataloga de rentas exentas las indemnizaciones como consecuencia de responsabilidad civil por daños personales, en la cuantía legal o judicialmente reconocida.

¿Por qué Hacienda no exige pago por las indemnizaciones de tráfico?

Esta exención en el abono de impuestos se debe simplemente a la naturaleza de las indemnizaciones por accidentes de tráfico. Los expertos de la Agencia Tributaria interpretan que es el resarcimiento por un daño previo y que, por tanto, no implican que el individuo que ha sido compensado se enriquezca, sino que recibe una justa compensación. En otras palabras, que no se trata de una ganancia sino de el pago por algún tipo de perjuicio donde no hay enriquecimiento por parte del contribuyente.

Tipos de indemnización por accidente de tráfico

Desde Impuestosrenta.com distinguen dos posibilidades en cuanto a compensaciones por accidentes de circulación:

  1. La indemnización que se aprueba por acuerdo amistoso o extrajudicial. Ésta quedará exenta o no dependiendo del importe de que se trate. Únicamente tributará la parte de la compensación que sea superior a la establecida en el Baremo de indemnizaciones por accidente de circulación.
  2. La indemnización otorgada por un juez, por la que, en todo caso, sea cual sea el importe, no será necesario pagar nada a

Qué indemnizaciones o parte de la mismas sí implican pagar impuestos

Aunque la norma general deja sin obligación de tributar las compensaciones recibidas por un accidente de circulación, como en casi todas las leyes, hay una ‘letra pequeña’ para las exenciones. Y es que hay gastos que no podrás deducir al hacer el IRPF y casos en los que te tocará pagar por el dinero de la indemnización.

Las excepciones a la norma general de impuestos por la indemnización por accidente son las siguientes:

  • Si ha habido intervención de abogados en la reclamación no podrás desgravarte lo que hayas gastado en su contratación.
  • Si el causante de los daños se retrasa en el pago de la indemnización y se producen intereses de demora. No pagarás por la indemnización en la renta pero sí por los intereses de demora.
  • Si percibes la compensación como heredero, te tocará rendir cuentas ante Hacienda.
  • Si la indemnización pasa a ser una renta temporal o vitalicia, ésta tributará como rendimientos del trabajo.

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